Resolución de 3 de octubre de 2019 (BOE 14 de noviembre de 2019). Descargar
Es objeto del presente recurso la negativa de la registradora a inscribir una escritura de donación en la que el donante se reserva el derecho de habitación y dona la nuda propiedad. La DGRN estima el recurso y revoca la nota de calificación recordando que la nuda propiedad no es más que una propiedad de la se ha desmembrado la facultad de goce y dicha situación puede proceder de cualquier derecho real de goce, no únicamente del derecho de usufructo.