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Resolución de 20 de septiembre de 2021 (BOE 18 de octubre de 2021). Descargar

Los titulares de una finca integrada en la propiedad horizontal de un conjunto residencial de 36 viviendas, declaran una mayor superficie y la ampliación de la obra sobre ella. La Dirección confirma la calificación registral en el sentido de que ambas cosas implican la modificación del título constitutivo de la propiedad horizontal, por lo que “es necesario el consentimiento unánime de todos los propietarios de dicho conjunto urbanístico, expresado en la correspondiente junta”, y por unanimidad (art. 17.6 LPH).

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