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Resolución de 22 de Junio de 2.013. (B.O.E. de 29 de Julio de 2.013). Descargar Resolución.

Se intenta la inmatriculación de una finca mediante dos títulos otorgados ante el mismo Notario el mismo día, uno a continuación de otro, en el primero, los cónyuges disuelven una comunidad sobre la finca y, en el segundo, el adjudicatario lo entrega en concepto de mejora a su hija conforme la Ley de Derecho Civil de Galicia, bajo la forma de escritura de mejora con entrega de bienes.
La Dirección General entiende, tras señalar que “aun cuando la función registral no pueda equipararse a la judicial, no se excluye que el Registrador pueda apreciar el fraude cuando de la documentación presentada resulte objetivamente un resultado antijurídico”, que se trata de una titulación instrumental, indicando como indicios a utilizar por los registradores en esta particular actividad deductiva “la simultaneidad de ambos negocios, que parecen tener una conexión como la que se aprecia en el binomio disolución de comunidad-entrega de la finca, el bajo coste fiscal, los vínculos de parentesco entre todos los otorgantes, la ausencia de función económica y la neutralidad de la operación”.

 

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