Resolución de 23 de junio de 2016 (BOE de 27 de julio de 2016). Descargar Resolución.
Se pretende la inmatriculación de una finca tras la reforma de la Ley 13/2015, mediante una escritura de aportación a gananciales de la mitad indivisa de una finca que se describe como solar, acompañada por una Acta de Notoriedad complementaria de título público, tramitada conforme a la legislación anterior a dicha reforma. En el Catastro, dicha finca aparece con una edificación dividida horizontalmente.
La registradora, considera que la certificación catastral aportada en el título inmatriculador así como en el documento complementario no resulta coincidente con la descripción de la finca tal y como resulta en el propio documento notarial, ya que la legislación aplicable impone en todo caso, la aportación de una certificación catastral descriptiva y gráfica en términos totalmente coincidentes con la descripción que se ha incorporado al título inmatriculador.
Señala la DGRN que este criterio, sin embargo, ha sido matizado en su doctrina más reciente, de tal manera que la verdadera identidad en la descripción del título y la que resulta de la certificación catastral debe extenderse únicamente a la ubicación, la fijación de linderos y perímetro de la parcela registral y catastral, descartando así construcciones o edificaciones existentes sobre la misma.