Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 31 de enero de 2023 (BOE 20 de febrero de 2023). Descargar

Se eleva a público acuerdo de una junta de propietarios en el que se prohíbe el alquiler turístico de los inmuebles. Desde la adopción, con consentimiento presunto de los otros propietarios que no concurrieron a la votación, hasta la presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad, se alega por el registrador que han cambiado varios titulares del edificio.
Ante ello, el notario recurrente señala que los nuevos titulares son por título de herencia de la propietaria cuyo consentimiento se considera prestado ex artículo 17, regla octava, de la Ley sobre Propiedad Horizontal, y que, por tanto, deben pasar por los actos realizados o que afecten a la causante, en virtud de lo dispuesto en el artículo 661 del Código Civil, también artículo 1257 del mismo Código.
Y es que debe entenderse, según la Dirección General, que los herederos de quien fue parte (siquiera sea presunta, conforme la regla octava del citado art. 17) en el acuerdo de la junta de propietarios quedan también vinculados como su causante y, por ello, no puede exigirse que presten su consentimiento cuando posteriormente se pretende inscribir la modificación estatutaria cuestionada. Además, precisa el Centro Directivo, que se trata de un acuerdo para el que la Ley de Propiedad Horizontal no exige unanimidad sino únicamente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, es evidente que, habiendo sido consentido por propietarios cuyas cuotas representan más de ese porcentaje, debe entenderse que el acuerdo será inscribible aunque faltara el consentimiento de quienes han adquirido elementos privativos con posterioridad a la adopción de tal acuerdo por la junta de propietarios.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo