Resolución de 12 de febrero de 2025 (BOE 28 de febrero de 2025). Descargar
La registradora entiende para la rectificación de la superficie construida de un elemento privativo, por afectar al título constitutivo de la propiedad horizontal, será necesario el previo acuerdo de la junta de propietarios autorizando tal modificación, que precisará el otorgamiento de la correspondiente escritura pública, hecho confirmado por la Dirección General, que afirma que se podrá practicar con la referencia catastral por aplicación del 201.3 de la Ley Hipotecaria.