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Resolución de 17 de junio de 2025 (BOE 9 de julio de 2025). Descargar

Se puede inscribir una vivienda de un edificio en régimen de propiedad horizontal, aunque le edificio no esté previamente inmatriculado, pero la descripción entre título y certificación catastral debe coincidir por virtud de las normas que regulan el procedimiento inmatriculador en nuestro país. Reitera doctrina de la Dirección sobre esta materia.

 

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