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Resolución de 5 de Noviembre de 2.012 (B.O.E. de 11 de Diciembre de 2.012). Descargar Resolución.

Se presenta escritura de obra nueva y división horizontal, en la que existen pequeñas diferencias en el número de elementos declarados y la licencia, si bien consta la comparecencia del arquitecto declarando que se ha ejecutado conforme al proyecto para el cual se obtuvo licencia. Gracias a dicha comparecencia, la Dirección General revoca la calificación registral negativa. En segundo lugar, la licencia venía condicionada por la prohibición de dividir horizontalmente, lo que es admisible, según el Centro Directivo, sin perjuicio del recurso jurisdiccional correspondiente respecto de la existencia de un posible abuso de derecho.

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