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ANALISIS DEL RDL 1/2015

El Real Decreto Ley 1/2015 ha vuelto a modificar nuestra legislación concursal con la intención, en esta ocasión, de establecer un régimen generalizado de segunda oportunidad. Junto con innegables aciertos, como su aplicación a todas las personas, incluidas las físicas, se entremezclan otras cuestiones mucho más dudosas, especialmente el carácter temporal de la exoneración, pues los créditos supuestamente extinguidos pueden "resucitar"
transcurrido un plazo de cinco años. Sobre estas cuestiones reflexionan dos conocidos especialistas sobre la materia, como son la profesora Matilde Cuena y el notario Ricardo Cabanas. Nadie puede dudar del tremendo interés, no solo jurídico sino también social, de esta reforma.

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