
Informe de Consultas de la Dirección General de Tributos. Número 74
- Detalles
- Escrito por EDUARDO ÁVILA RODRÍGUEZ::Notario de Madrid
- Categoría: Revista 74 , Tribunales
Promotora adquiere un inmueble en régimen de Propiedad Horizontal: va a hacer alguna modificación que implica la reducción de elementos privativos y por tanto modificaciones en la cuota de cada elemento. Esta operación está sujeta a AJD por el valor real del coste de la obra (V 976/17, 19-4-2017). Descargar Consulta.
Constitución de patrimonio protegido: lo que tiene beneficios fiscales para el IRPF son la constitución o ampliación del patrimonio protegido pero no en sí la satisfacción de los gastos (V 987/17, 20-4-2017). Descargar Consulta.
Aportación de la nuda propiedad de una vivienda: ¿cuando muere el usufructuario tributa la sociedad? No tributa al no ser persona física. No tributa ni por TPO ni por ISD pero tampoco se contempla que pueda ser valorado como un ingreso extraordinario o de otro tipo que afecte al IS (V 993/17, 24-4-2017). Descargar Consulta.
Modificación del valor de tasación del inmueble en el Registro de la Propiedad (no hay ni ampliación del préstamo concedido ni otra cosa): es un acto valuable e inscribible y por ello sujeto a AJD siendo la base imponible la cantidad del préstamo pendiente, con sus costas y gastos (V 1078/17, 9-5-2017). Descargar Consulta.
Arrendador de habitaciones sin dar otro servicio de ningún tipo que no permite incluirlo dentro de actividad hotelera: está exenta de IVA (V 1338/17, 31-5-2017). Descargar Consulta.



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