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Resolución de 16 de febrero de 2022 (BOE 4 de marzo de 2022). Descargar

No se aporta título jurídico hábil para declarar la terminación de la obra nueva. El inmueble consta inscrito en construcción, y para la inscripción de su terminación, debe aportarse, según proceda, escritura pública o acta notarial.

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