Resolución de 20 de mayo de 2022 (BOE 6 de mayo de 2022). Descargar
Se plantea en el presente expediente la inscripción de una escritura por la que la entidad titular vende una parcela que es parte de una finca registral. Las partes manifiestan en dicha escritura que la finca objeto del negocio jurídico se segregó de la anteriormente descrita como consecuencia de la aprobación de un proyecto de reparcelación que afectaba a la misma.
Señala el Centro Directivo que cualquier acto que implique división o segregación de fincas requiere la preceptiva intervención administrativa que resulte procedente en cada caso, bien en forma de licencia de parcelación, bien el acto administrativo aprobatorio de una reparcelación o, como se ha expuesto, el acto de reconocimiento de la existencia de una parcelación ya existente con anterioridad. En el caso del presente expediente y a la vista de la documentación presentada al tiempo de la calificación, no resulta acreditada la citada intervención administrativa en ninguna de las formas expresadas y, por eso, se concluye que la calificación registral debe ser confirmada.