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Resolución de 6 de junio de 2022 (BOE 29 de junio de 2022). Descargar

La Dirección General estima necesaria la intervención de los condueños para la declaración de obra nueva conforme a las normas que rigen la comunidad romana en nuestro Código Civil, la cuota indivisa perteneciente a los otorgantes no conlleva el uso individualizado de ninguna parcela, ni está inscrita en el Registro la comunidad funcional que se relaciona en la escritura calificada. Cuestión distinta es que, atendiendo a las circunstancias fácticas expresadas en dicha escritura y con cumplimiento de la normativa urbanística aplicable, pueda -por la vía adecuada- realizarse la correspondiente operación de división o segregación que permita inscribir la obra nueva respecto de la porción que físicamente se pretendiera asignar al comunero que la declara.

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