Resolución de 4 de julio de 2023 (BOE 24 de julio de 2023). Descargar
Se suspende la rectificación de la cabida de una finca (con su base gráfica), por la razón de que la finca procedía de segregación (y además reciente) y existían dudas fundadas en cuanto a la posible invasión de la superficie destinada a vial.
La pretensión de modificar la cabida que según el Registro corresponde a determinada finca, no encubre sino el intento de aplicar el folio de esa última a una nueva realidad física que englobaría la originaria finca registral y una superficie colindante adicional, y para conseguir tal resultado el cauce apropiado será la previa inmatriculación de esa superficie colindante y su posterior agrupación a la finca registral preexistente.