Resolución de 12 de Enero de 2.015 (B.O.E. de 19 de Febrero de 2.015). Descargar Resolución.
Se trata de un supuesto en el que el copropietario de un terreno declara la obra nueva de un edificio en una parte del terreno común, con el consentimiento de los condueños, entendiendo que se trata de un supuesto de accesión invertida e invocando el dominio individual de la edificación a favor de sí mismo.
La Dirección General niega tal posibilidad, entendiendo que ello daría lugar a una parcelación prohibida, salvo que se articulara a través de un derecho de superficie, pero el consentimiento de los demás condueños no permite, sin licencia, la adquisición de la propiedad del condueño sobre el edificio y la parcela de terreno que ocupa.