Resolución de 27 de Noviembre de 2.013 (B.O.E. de 20 de Diciembre de 2.013). Descargar Resolución.
En una obra nueva se adjudica a un piso el servicio de una terraza. Posteriormente, se divide el piso en dos y se adjudican dos terrazas en propiedad, abriéndose dos folios en el Registro con la descripción errónea. Ante el intento de rectificar la descripción, la Registradora considera que es necesario el consentimiento de todos los titulares del edificio, lo que es confirmado por la Dirección General, al señalar que es un error de concepto y que no se puede realizar de oficio por el Registro.