Resolución de 14 de Enero de 2.013 (B.O.E. de 14 de Febrero de 2.013). Descargar Resolución.
La Registradora niega que se pueda hacer constar los datos de superficie y linderos que figuran en una instancia privada, por no ser un documento público, y suponer una variación de los que figuran en el Registro, lo que es revocado por la Dirección General, al considerar que la instancia junto al testamento es el documento válido inscribible.