Resolución de 6 de Febrero de 2.013 (B.O.E. de 4 de Marzo de 2.013). Descargar Resolución.
La Dirección General, ante la pretensión de inscribir una ampliación de un sótano para destinarlo a vivienda, cuando la licencia había impuesto la condición de que no se destinase a vivienda el propio sótano, deniega la inscripción de la ampliación, ya que el art. artículo 20.4 del Texto Refundido de la Ley de Suelo, relativo a la inscripción de obras antiguas, no es aplicable, sino que se trata de un supuesto regulado en los artículos 51.1.d) y 53.3 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y 73 y 74 del Reglamento.