Resolución de 27 de julio de 2017 (BOE 14 de agosto de 2017). Descargar Resolución.
Se constituye una subcomunidad para la gestión, mantenimiento y conservación del sistema centralizado de calefacción cuyo uso se cedía a unos propietarios. El Registrador lo niega indicando que no está contemplado en los estatutos, y que la cláusula de gastos del mismo contraviene lo convenido. La Dirección General revoca la calificación, argumentando que está el consentimiento unánime de todos los propietarios de la subcomunidad y respecto de la división horizontal total se adoptó el acuerdo sin oposición.