Dos Resoluciones de 21 de noviembre de 2017 (BOE 13 de diciembre de 2017). Descargar Resolución. Descargar Resolución.
Solicita el notario una certificación para la tramitación de un expediente de exceso de cabida, la Registradora niega la misma porque no se ha pedido anotación preventiva y porque considera que hay dudas sobre la identidad de las fincas, considerando que tal exceso de cabida puede corresponder a fincas distintas de la que se le pretende atribuir.
La Dirección General revoca la calificación al considerar que la certificación debe expedirse en todo caso y que el momento en que la Registradora debe negar la inscripción es cuando se le presente el acta finalizada para su calificación, no antes.