Resolución de 28 de noviembre de 2018 (BOE 20 de diciembre de 2018). Descargar
Se presenta una escritura de segregación de una finca con cabida muy inferior al 10% en el Registro de la Propiedad, constando la cabida en una certificación catastral. La Registradora solicita rectificación de la superficie antes de la inscripción de la segregación, si bien la Dirección General considera que la aportación de un informe de validación catastral es suficiente para cumplir los requisitos técnicos que permiten la inscripción en el Registro de la representación gráfica y la remisión de la información correspondiente para su incorporación al Catastro, y ello con independencia de que el resultado de tal validación sea o no positivo.