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Resolución de 31 de octubre de 2019 (BOE 27 de noviembre de 2019). Descargar

Se deniega la inscripción de una escritura de declaración de obra nueva en construcción a la que se incorpora notificación firmada electrónicamente por el secretario municipal del acuerdo de concesión de licencia de obra entre cuyas condiciones generales consta la de inscribir en el registro de la propiedad las condiciones a las que se somete la misma, oponiendo como defectos la falta de constancia expresa del consentimiento del titular registral a la inscripción de las condiciones de la licencia en el registro o, en otro caso, la renuncia expresa a su inscripción por parte del Ayuntamiento; y la falta de constancia de la firmeza en vía administrativa del acto. 
La Dirección General estima parcialmente el recurso respecto al primero de los defectos, ya que el otorgamiento de la escritura de declaración de obra nueva por parte del titular registral conlleva la aceptación de su contenido sin que resulte preciso un consentimiento adicional expreso respecto a las condiciones cuyo reflejo registral se prevé; y lo desestima respecto al segundo, ya que la firmeza del acto administrativo no consta acreditada sin que sea posible presumirla en ningún caso, si no que la misma debe resultar del certificado que formalice el acto administrativo cuyo contenido pretende tener relevancia registral.

 

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