Resolución de 20 de noviembre de 2019 (BOE 10 de diciembre de 2019). Descargar. Otra idéntica a la anterior, Resolución de 20 de noviembre de 2019 (BOE 10 de diciembre de 2019). Descargar
Se presenta instancia solicitando la rectificación de la descripción de la finca registral mediante una representación gráfica alternativa a la catastral. La registradora califica negativamente por apreciar dudas sobre la correspondencia entre la finca registral inscrita y la representación gráfica que se quiere inscribir, que supone un aumento de la superficie inscrita, generadas por la oposición del titular registral de una finca colindante, por posible invasión de la misma. La Dirección General confirma la calificación señalando que el artículo 199 regula las actuaciones para la inscripción de la representación gráfica georreferenciada de la finca y su coordinación con el Catastro y que el apartado 2 del mismo artículo remite, en caso de tratarse de una representación gráfica alternativa a la catastral, a la misma tramitación de su apartado 1, con la particularidad de que han de ser notificados los titulares catastrales colindantes afectados.