REGISTRO CIVIL: EXPEDIENTES MATRIMONIALES

Después de años de sucesivas prórrogas el pasado 30 de abril de 2021 entró en vigor de forma completa la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. Con ella han entrado en vigor también diversos preceptos del Código Civil y de la Ley del Notariado que en materia de autorización matrimonial permiten a los ciudadanos solicitar la previa tramitación de un acta notarial para acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad y el régimen económico aplicable. En este bloque la catedrática de Derecho Civil María Linacero de la Fuente, los Letrados de la Administración de Justicia José Antonio Ruiz de la Hermosa Gutiérrez y David López Ribagorda y el notario Fernando Rivero Sánchez-Covisa profundizan en este nuevo marco que consolida y aumenta las competencias de los notarios.
- María Linacero de la Fuente: "Por fin, después de diez años de espera, ha entrado en vigor la Ley del Registro Civil de 2011, digna heredera de la Ley de 1957".
José Antonio Ruiz de la Hermosa Gutiérrez / David López Ribagorda: "El notario en el nuevo modelo de Registro Civil. Procedimiento de autorización de matrimonio".
- Francisco Rivero Sánchez-Covisa: "Determinación del régimen económico matrimonial en las actas previas notariales".