Resolución de 5 de abril de 2022 (BOE 25 de abril de 2022). Descargar
Se debate si es inscribible la representación gráfica alternativa correspondiente a una finca registral por existir oposición de un titular registral colindante notificado, que la basa en la existencia de un solape parcial con la representación gráfica georreferenciada catastral, que se corresponde con su finca colindante La registradora suspende la inscripción basándose en la oposición del colindante notificado, que aporta georreferenciación catastral contradictoria con la alternativa presentada, lo que pone de manifiesto de forma evidente el conflicto entre los colindantes sobre la delimitación gráfica de las fincas.
La Dirección General desestima el recurso y sin que proceda, como pretenden los recurrentes, que la registradora en su calificación o esta Dirección General en sede de recurso pueda resolver el conflicto entre colindantes que se pone de manifiesto, cuestión que, a falta de acuerdo entre los interesados, estará reservada a los tribunales de Justicia o acudir al expediente regulado en el artículo 103 bis LH.