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Resolución de 3 de mayo de 2016 (BOE 6 de junio de 2016). Descargar Resolución.

La cuestión que se plantea en el presente recurso es determinar si puede o no inscribirse un acta de subasta pública de una finca que no está inscrita. La DGRN confirma la nota, señalando que en el presente caso, que se trataba de una comunidad de regantes, no se debió iniciar el procedimiento administrativo de apremio contra la finca objeto del expediente dado que es un monte de dominio público, sino que se tendría que haber dirigido dicho procedimiento contra bienes patrimoniales del Ayuntamiento, salvo que se hubiera procedido previamente a la desafectación del citado bien mediante el oportuno expediente de exclusión del monte del Catálogo de montes de utilidad pública (art. 19 de la Ley de Montes de Castilla y León).

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