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Resolución de 22 marzo de 2017 (BOE 6 de abril de 2017). Descargar Resolución.

Se debate en el presente expediente si procede inscribir una ampliación de una edificación declarada por antigüdad pretendiéndose acreditar como fecha de terminación la del año 1997 mediante certificaciones catastrales de cuatro inmuebles, junto con un informe del Ayuntamiento según el cual la finca registral, con una superficie inscrita de 2.500 metros cuadrados se corresponde con esos cuatro inmuebles catastrales, que suman una superficie de solo 1.670 metros cuadrados. 
No se plantea, en el presente expediente, la determinación del procedimiento ni la manera de acreditar la antigüedad de una construcción, sino que, entiende el Registrador que, al pretenderse acreditar tal antigüedad mediante los correspondientes certificados catastrales, la descripción de la misma difiere de manera considerable de la descripción tabular por lo que procede suspender la práctica de la correspondiente inscripción.

 

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