Resolución de 21 de noviembre de 2019 (BOE 24 de diciembre de 2019). Descargar
Se presenta a inscripción una escritura de segregación de una finca registral, donación y agrupación de la parcela segregada a otra finca registral. El Registrador suspende la inscripción por tres razones porque considera necesario la legitimación de las firmas del alcalde y secretario que constan en la certificación municipal acreditativa de la concesión de la licencia de segregación y porque las superficies registrales no coinciden con las que constan en la licencia municipal, que parte de las superficies catastrales manifestándose en la escritura que lo real es la superficie registral. La Dirección General estima el recurso parcialmente. No considera necesario la legitimación de las firmas del alcalde y secretario porque ninguna norma lo impone y, en segundo lugar, en cuanto a las superficies de las fincas, considera que deben coincidir con las que constan en la licencia concedida, lo que exige que las superficies de las fincas deben adaptarse a fin de lograr la plena coincidencia entre escritura pública, inscripción y licencia.