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Resolución de 15 de junio de 2021 (BOE 7 de julio de 2021). Descargar

La práctica de una nota marginal previa al inicio del expediente de deslinde no está prevista ni en la normativa reguladora de las vías pecuarias, ni tampoco en la general de las Administraciones Públicas. La nota marginal no se solicita en el curso de ningún procedimiento administrativo en el que los titulares registrales hayan tenido intervención alguna, motivo por el cual la calificación debe confirmarse.

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