Resolución de 13 de julio de 2022 (BOE 2 de agosto de 2022). Descargar
Es objeto de recurso la negativa de la registradora a inscribir una representación gráfica alternativa por existir oposición de los colindantes quienes, además, alegan la existencia de resoluciones judiciales y administrativas previas, que contravienen lo solicitado por la recurrente en la instancia privada solicitada. La Dirección General desestima el recurso y confirma la nota de calificación, pues no cabe obtener por vía registral una solución distinta a la ordenada por una sentencia judicial, pues es competencia de los tribunales y no del registrador resolver la controversia, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, lo cual no sería posible si la registradora accediera a la inscripción de lo solicitado.