Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 6 de Julio de 2.013 (B.O.E. 6 de Agosto de 2.013). Descargar Resolución.

Es objeto de este recurso si es posible la cancelación de una condición resolutoria por transcurso del plazo para su ejercicio sin consentimiento de su titular registral y consecuentemente la prohibición de disponer, que constituye una de las obligaciones garantizadas por esta, posibilitando la inscripción de la escritura de donación presentada.
La Dirección General confirma la nota, sosteniendo que no pudiéndose probarse de forma clara y contundente el cumplimiento de los supuestos garantizados difícilmente puede establecerse el plazo inicial de cómputo del ejercicio de la acción y en consecuencia el de su extinción. Siendo necesario por tanto para la cancelación bien el consentimiento del titular registral bien resolución judicial firme dictada en el juicio declarativo correspondiente.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo