Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 14 de mayo de 2024 (BOE 5 de julio de 2024). Descargar

Por la escritura cuya calificación es objeto del presente recurso, autorizada el día 12 de febrero de 2024, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada con aportaciones dinerarias cuya realidad se acredita con certificación bancaria en la que figura como fecha de expedición la misma del ingreso de la cantidad correspondiente (11 de diciembre de 2023), si bien está expedida con sello de la entidad de crédito en que consta como fecha el día 12 de febrero de 2024.
La registradora fundamenta su negativa a practicar la inscripción solicitada en que, a su juicio, la fecha del depósito de las aportaciones dinerarias no puede ser anterior en más de dos meses a la de la escritura de constitución.
El notario recurrente alega que, según la doctrina de la Dirección General, lo importante del depósito es que realmente se efectúe y que esté a disposición de la sociedad, cuando menos dos meses anteriores a la fecha de la constitución o ampliación de capital; y, por ello, será la fecha de la certificación bancaria la que de modo efectivo acredite la aportación dineraria, computándose desde esta fecha el plazo de dos meses previsto para la vigencia de la certificación. La Dirección General revoca la nota de calificación, confirmando la tesis del notario recurrente.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo