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Resolución de 17 de enero de 2020 (BOE 18 de junio de 2020). Descargar

En un supuesto de liquidación de sociedad de gananciales con existencia de contraprestación en dinero o signo que lo represente, la Dirección General concluye que le es de aplicación la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal.

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