Resolución de 15 de junio de 2020 (BOE 3 de agosto de 2020). Descargar
La elevación a público y protocolización de un cuaderno de liquidación de la sociedad de gananciales en caso de muerte de uno de los cónyuges exige la intervención de los legitimarios, tal y como advierte el notario en la escritura. La Dirección General confirma la nota de calificación, ya que su porción en la herencia, viene determinada no solo por los bienes privativos del causante, sino también por la parte que en la liquidación de la sociedad conyugal se adjudique al caudal hereditario.