Resolución de 7 de junio de 2023 (BOE 29 de junio de 2023). Descargar
Es necesario acreditar la inscripción en el Registro Civil de la escritura de capitulaciones matrimoniales en virtud de la cual se pacta el régimen económico-matrimonial de separación de bienes para que un bien adquirido por uno de los cónyuges pueda ser inscrito con carácter privativo a su favor, conforme a lo dispuesto en el artículo 266 del Reglamento del Registro Civil.