Resolución de 21 de septiembre de 2015 (BOE 14 de octubre de 2015). Descargar Resolución.
Mediante escritura pública se modifica un convenio regulador aprobado por sentencia, en el que se adjudicó una finca a un esposo y ahora se atribuye a la esposa. Señala la Dirección General que, si bien es posible en virtud de escritura modificar los efectos patrimoniales de un convenio regulador, se necesita una causa que justifique la adjudicación de un bien a favor de uno de los cónyuges, no bastando con la apelación a la simple modificación de la voluntad.