Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 23 de Agosto de 2.011 (B.O.E. de 28 de Noviembre de 2.011). Descargar Resolución.

En este caso, el cónyuge supérstite como heredero del premuerto, solicita la rectificación del Registro para hacer constar que estaban casados en régimen de gananciales.
Efectivamente, dicha rectificación la puede hacer por sí solo, como titular de toda la finca, pero debe precisar si es el régimen legal o convencional de gananciales.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo