Resolución de 23 de julio de 2024 (BOE 9 de octubre de 2024). Descargar
Se deniega la inscripción de una escritura de protocolización de cuaderno particional otorgada por el contador partidor dativo y tres de los herederos. La mitad indivisa de unos de los inmuebles adjudicados se encuentra inscrito a nombre de una persona de quien el causante de la partición protocolizada era heredero único. Hallándose extraviada la instancia privada suscrita en su día por el causante, se presenta para suplir la instancia extraviada un acta de manifestaciones en la que se expone lo sucedido: se declara que la existencia de dicha instancia extraviada actualmente, se atestigua su existencia mediante archivos en varios Registros Públicos.
Sin embargo, dicha acta notarial, señala la Dirección General, resulta insuficiente para suplir el documento original extraviado, precisándose el otorgamiento de una escritura acreditando todo el contenido de lo expuesto en el acta y con la intervención los herederos y causahabientes del causante que había sido heredero único de la titular registral, con lo que se completaría el tracto y la escritura de protocolización del cuaderno particional tendría acceso al Registro.