Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 4 de mayo de 2021 (BOE 24 de mayo de 2021). Descargar

Se otorga una escritura pública en la que, con la finalidad de incorporar viales, y como acto previo para la cesión al Ayuntamiento del camino público, se segrega una porción de terreno unilateralmente por los titulares registrales, sin concurrir la corporación, pues se indica en el documento que conforme al artículo 525 del Decreto asturiano 278/2007 las cesiones obligatorias a que se condiciona la licencia se cumplen con el otorgamiento unilateral e inscripción por el titular afectado. Se incorpora a dicha escritura resolución del Ayuntamiento en la que se autoriza la segregación y se hace constar que con carácter previo a la licencia de obras deberá aportarse copia auténtica de la segregación y que una vez recibida se procederá a la formalizar el acta de cesión.
La Dirección General concluye que no es posible inscribir a favor del Ayuntamiento la propiedad de una finca por cesión obligatoria sin concurrir el Ayuntamiento, cuyo consentimiento es preciso.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo