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Resolución de 19 de Abril de 2.010. (B.O.E. de 7 de Junio de 2.010). Descargar resolución.

Se pretende inscribir la expropiación forzosa de una finca, si bien cuando se presentan los documentos correspondientes a la expropiación, dicha finca está inscrita a favor de persona que no ha intervenido en el procedimiento y que adquirió dicha finca mediante subasta como consecuencia de la ejecución de una hipoteca que gravaba dicha finca.
La Dirección General confirma la calificación, basándose en los arts. 17, 34 y 38 de la LH, así como el art. 24 de la Constitución Española, respecto a la tutela judicial efectiva y el derecho de todo titular registral de ser notificado del procedimiento expropiatorio y ejercer su defensa.

 

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