Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 28 de junio de 2021 (BOE 21 de julio de 2021). Descargar

Se puede cesar y es inscribible a uno solo de los dos administradores solidarios sin necesidad de que se cambie el sistema de administración y que se nombre administrador único. Dado que lo único que se pide es eso "...dicho cese puede tener acceso al Registro, sin que pueda entrar a valorar las consecuencias que sobre la vida social tendrá que la sociedad se quede con un solo administrador solidario, por no ser ésta la cuestión planteada en el recurso”.

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo