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Resolución de 23 de julio de 2019 (BOE 25 de septiembre de 2019). Descargar

El cambio de socio en una sociedad limitada unipersonal se pretendía efectuar (infructuosamente) mediante la presentación de la escritura de venta de todas las participaciones sociales al actual socio único. Sin embargo, no es posible, al estar la hoja social cerrada por constar nota marginal de publicación en el BOE de la revocación del NIF social, de la que resulta que en lo sucesivo no puede practicarse inscripción alguna salvo que se rehabilite el NIF o se asigne uno nuevo (DA 6ª LGT, añadida por la Ley 36/2006 de prevención del fraude fiscal).

 

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