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Resolución de 19 de diciembre de 2018 

Supuesto de hecho: un notario consulta a la DGRN si es incompatible para firmar documentos otorgados por una sociedad en la que no tiene ningún interés personal (no es socio, ni administrador, ni apoderado), pero en la que su hermano es secretario del consejo y sus padres tienen una participación indirecta en la sociedad.
Doctrina: la DGRN comienza identificando las dos cuestiones esenciales para responder a la consulta: por un lado, el fundamento del régimen de incompatibilidades, que inspira la normativa aplicable y que radica en “impedir que el notario, influenciado por motivos afectivos, económicos, sociales o de otro tipo, autorice documentos públicos con momentáneo olvido de la imparcialidad y veracidad que debe resplandecer en toda su actuación, razón por la cual únicamente surge la incapacidad cuando existe una base sólida para presumir el alejamiento de la obligada imparcialidad y neutralidad que debe regir su conducta profesional”; por otro lado, la evolución histórica, que ha pasado de la prohibición absoluta a limitar la incompatibilidad “en los casos evidentes de conflictos de intereses personales del propio notario y con su círculo de allegados o familiares teóricamente más cercanos o afines en el acto jurídico que pretende autorizar”.
En relación con el caso concreto, entiende que, en principio, no hay incompatibilidad: no hay interés personal del notario; los padres no tienen capacidad decisoria en los acuerdos sociales; e incluso la actuación del secretario del consejo se ve controlada por ser un órgano colegiado y por la exigencia del visto bueno del presidente para la certificación de los acuerdos.
No obstante, entiende que el notario tiene que superar el tenor literal y atender al fundamento antes expuesto: “pueden darse en la práctica situaciones en las que, incluso sin resultar vulnerada la literalidad del texto reglamentario, se vea quebranta la finalidad de su mandato”. Y obliga al notario a atender al caso concreto para valorar si su actuación se ve comprometida en los términos antes expuesto.

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