Resolución de 29 de noviembre de 2021 (BOE 17 de diciembre de 2021). Descargar
Se modifica una sentencia que atribuía el uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, concediéndoselo a la hija y hasta que ésta termine su carrera universitaria. Al omitirse en la sentencia los datos de identificación de la hija, la registradora niega la inscripción, lo que confirma la Dirección General, exigiendo la constancia de sus datos, conforme al artículo 9 de la Ley Hipotecaria y al artículo 51 del Reglamento Hipotecario.