Resolución de 26 de julio de 2023 (BOE 27 de septiembre de 2023). Descargar
En el presente caso procede la revocación de la nota de calificación por cuanto si bien existe una identidad parcial entre la denominación solicitada y las existentes “Soluciones Sostenibles, SL” y “3R3 Soluciones Sostenibles, SL”, la existencia de un tercer término en aquella hace que pueda considerarse como suficientemente diferenciada de las anteriores y, en consecuencia, como denominación distinta y única.