Dos Ress. DGSJyFP de 2 de abril de 2025 (expedientes 271/24 y 366/24). Sistema Notarial. Queja
La jubilación del notario es una causa sobrevenida que impide continuar el recurso de queja interpuesto frente a él por denegación de copia ya que con la jubilación se produce “el cese de la relación funcionarial y la pérdida de la condición de funcionario a los efectos del ejercicio de la función pública notarial” (art. 58 RN).
El recurrente puede volver a solicitar la copia al Notario o Archivo que custodie el protocolo del notario jubilado y, si fuera denegada, presentar un nuevo recurso de queja ante la Dirección General.