Menú móvil

El Notario - Cerrar Movil

Resolución de 2 de Octubre de 2.013 (B.O.E. de 28 de Octubre de 2.013). Descargar Resolución.

Estamos ante un supuesto de adquisición de participaciones por Sociedad Limitada de su sociedad dominante como consecuencia de un aumento de capital cuyo efecto jurídico es el de declaración nulidad radical, ex artículo 135 de la Ley de Sociedades de Capital; lo cual implica modificación de la cifra de capital, amortización de las participaciones emitidas y restitución de las aportaciones de la sociedad suscriptora, sin menoscabar nunca los derechos de terceros acreedores. Se reconduce el Centro Directivo ” a los mecanismos de protección que para tal supuesto contemplan los artículos 331 a 333 de la Ley de Sociedades de Capital relativos a la reducción de capital por restitución de aportaciones. De este modo la salvaguardia de los derechos de terceros acreedores se traduce bien en la responsabilidad solidaria de la sociedad emisora y la sociedad suscriptora (artículo 331.1), bien en la constitución de la reserva indisponible contemplada en el artículo 332, bien en el respeto al derecho de oposición en los supuestos en que los estatutos así lo contemplen (artículo 333)”.

 

El buen funcionamiento de esta página web depende de la instalación de cookies propias y de terceros con fines técnicos y de análisis de las visitas de la web.
En la web http://www.elnotario.es utilizamos solo las cookies indispensables y evaluamos los datos recabados de forma global para no invadir la privacidad de ningún usuario.
Para saber más puede acceder a toda la información ampliada en nuestra Política de Cookies.
POLÍTICA DE COOKIES Rechazar De acuerdo