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Resolución de 19 de febrero de 2020 (BOE 2 de julio de 2020). Descargar

Constando anotada una prohibición de disponer que abarca cualquier acto de enajenación, transmisión o de “cualquier operación” ordenada por la Agencia Tributaria, existe un componente de orden público que no puede ser pasado por alto, prevaleciendo los superiores intereses públicos, debiéndose denegar la inscripción de la compraventa (ahora posterior tras la caducidad del primer asiento de presentación) sin que se plantee por tanto la eventual prevalencia que conforme al artículo 145 Reglamento Hipotecario podría haber tenido la escritura de compraventa si fuera de fecha anterior a la misma y la anotación se hubiera limitado dentro de un procedimiento civil a prohibir actos dispositivos.
Los efectos de la disolución de matrimonio por divorcio se producen siempre desde que recae la sentencia firme, y no por la admisión a trámite de la demanda. Lo que implica que si alguien adquiere un bien durante el procedimiento del divorcio, estando casado en gananciales, no podrá adquirir como privativo.

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