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Resolución de 2 de febrero de 2022 (BOE 22 de febrero de 2022). Descargar

Todas las operaciones anteriores y posteriores a la sentencia del Tribunal Constitucional, para abrir el Registro, requieren de la presentación pertinente a efectos de plusvalía, pues lo declarado inconstitucional no es el tributo en sí, sino su cálculo.

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