Resolución de 13 de junio de 2019 (BOE 9 de julio de 2019). Descargar
Se rechaza el depósito de cuentas anuales de una sociedad porque, constando que la sociedad ha sido declarada en concurso de acreedores, e incluso se ha abierto la fase de liquidación, se debe aportarse certificación del acuerdo de la junta general que haya aprobado las cuentas anuales con las circunstancias exigidas en el artículo 112 del Reglamento del Registro Mercantil, al haber quedado suspendidas las facultades de administración y gerencia del administrador de la sociedad.